Marta Brox Huguet, Abogada.

CONTACTAR CONMIGO

ENVÍAME UN CORREO: martabroxhuguet@icam.es

LLÁMAME: 91 859 50 96

jueves, 30 de abril de 2015

Derogación de normas sobre Vascos o declaraciones de guerra de Móstoles

      Hace un par de días saltó la noticia de que en Islandia se iba a derogar una Norma que permitía matar Vascos. Esta Norma se promulgó hace más de cuatrocientos años, y nunca nadie se preocupó de derogarla expresamente.

      Muchos son los que me han comentado sorprendidos que no entendían cómo algo tan importante como la derogación de una norma había quedado en el olvido, e independientemente de la explicación jurídica que les pudiera ofrecer, los argumentos que me han expuesto al preguntar me dejan la sensación de que el ciudadano tiene una ligera confusión entre el concepto "como deberían funcionar los engranajes de un Estado" y el concepto "cómo funciona en realidad", y los medios con los que se cuenta.

     Estamos acostumbrados a ver películas en las que todos los departamentos, de cada entidad, institución o estamento en el que se adentran las cámaras, funcionan como un reloj y cuentan con todos los medios habidos y por haber para resolver sus casos o tramitar expedientes. Personas pulcra y perfectamente vestidas que son muy competentes en su trabajo, hacen deporte, y siempre encestan, tiren desde donde tiren el balón.

        Bueno, pues esto no es así, ni aquí, ni en ningún sitio. Serán más o menos eficaces, pero a la vista está que mundialmente el ser humano comete fallos, y en consecuencia se encuentran normas y leyes absurdas que nunca han sido derogadas. (Probad a hacer una búsqueda en internet, si tecleáis "Normas absurdas" descubriréis la gran competencia de ridiculez legislativa que existe a nivel mundial). Al fin y al cabo somos humanos,  los fallos existen.

        Hemos de ser sinceros además y recordar también el hecho de que una norma no siempre está vigente sólo porque no se haya derogado expresamente, sino que puede derogarse por promulgación de leyes posteriores que simplemente en alguna parte de su articulado establecen que se derogarán todas las normas que contravengan a la misma.

        Así, esta derogación de la famosa norma en Islandia ha sido algo más simbólico que necesario, y por ello se ha realizado entre festejos.

        Pero no debemos olvidar que en nuestro país también existen graciosas cuestiones de vigencia. Así muy conocido es el caso de Móstoles que en 1808 declaró la guerra a Francia y hasta el 3 de mayo de 1985 no firmó la paz. Larga guerra, eso sí, sin costes ni humanos ni económicos.

       Igual sucedió al pueblo de Huéscar, y en la página web de su Ayuntamiento encontramos la explicación completa de su declaración de guerra al Reino de Dinamarca, declaración efectuada el día 1 de noviembre de 1809 y finalizada con una declaración de paz el 11 de noviembre de 1981.

         Y prometo para un futuro y con tiempo redactar un artículo que contenga equivocaciones curiosas en normativa vigente. Todavía se está cociendo, pero lo publicaré.

viernes, 24 de abril de 2015

De cómo el encargado del Registro Civil creó un apellido.

        Fueron muchas la veces que mi padre me contaba historias, tanto las que le habían pasado a él, como las que le habían pasado a otros y le habían contado. Era un gran contador de historias, te hacía entrar tanto en el relato que casi podías poner cara a los personajes de los que hablaba.

        Una de aquellas historias que más me gustaba es la que voy a compartir hoy con vosotros.

        Tras la Guerra Civil muchos de los archivos de los Registros Civiles de los pueblos y ciudades quedaron destruidos, lo que jurídicamente era un grave problema, y necesitaban urgentemente ser reconstruidos. Por la situación en la que se encontraban quienes estaban al cargo de la reconstrucción, y sin la tecnología con la que contamos actualmente, se vieron obligados a actuar de manera eficaz, tomando datos de dónde podían hacerlo. Al estado de los Registros Civiles se añadía que también los registros eclesiásticos, gran fuente de datos genealógicos y de filiación, habían sufrido también graves daños y se encontraban en un estado similar a los civiles, de modo que no podían acudir a éstos para recuperar toda la información.

        En ese momento, mi padre contaba que en un pueblo de la Mancha, de cuyo nombre no es que no quiera acordarme, es que lamentablemente no consigo recordar, apareció durante la guerra un pequeñín, de dos o tres años, que nadie sabía si dejaron abandonado,  o no pudieron llevarse. El caso es que en el pueblo se quedó el niño, al que pusieron de nombre Juan. Sin embargo no conocían quién era, quienes podían ser sus padres, y mucho menos podían saber de dónde procedía; nadie de los alrededores parecía conocerlo.

        Este muchacho fue creciendo, y cuando le preguntaban su nombre decía "Juan". El interlocutor que le preguntara "Juan qué más", recibía como contestación: "No sé, mi nombre es Juan, a solas.".

        Cuando se quiso poner al día el Registro Civil respecto de los vecinos de este pueblo, se dieron cuenta de que Juan no tenía apellidos, ni modo alguno de averiguar cuál era su procedencia. Alguno propuso que se le pusiera el apellido Expósito, otro que se le pusiera el apellido de la familia que le había acogido, si bien esa opción quedó descartada puesto que podría implicar cuestiones de adopción que influiría en las sucesiones y otras cuestiones familiares cuando la adopción nunca se había producido. Sin embargo el encargado del Registro Civil en aquel caso debía ser un bohemio e imaginativo, puesto que cuando estaban los presentes comentando que Juan no podía decir que se llamaba "Juan, a solas", rechazó de plano ponerle el apellido Expósito y quiso hablar con el muchacho. 

        En la corta entrevista que mantuvieron únicamente le preguntó: "Cuando te preguntan cómo te llamas, con nombre y apellidos, ¿tú que dices?", el muchacho contestó lo sabido: "Juan, a solas.", y entonces el encargado del Registro practicó la inscripción que todos pudieron leer "Juan Asolas". ´

        Siento no recordar el segundo apellido, quizá tampoco tiene importancia, prefiero quedarme con la sensación de que los encargados del Registro Civil en aquella época no sólo tuvieron eficacia en su trabajo, sino también imaginación.

lunes, 20 de abril de 2015

La rueda de reconocimiento y la prensa

        Hace unos años fui letrada de una persona que había sido denunciada por haber producido (supuestamente) daños en un tren. Los vigilantes denunciaban a un grupo de personas y mi defendido aseguraba que no era parte de este grupo. Por ello solicitamos como diligencia de prueba una rueda de reconocimiento.

        La anécdota del caso fue que tras tres intentos para realizar la rueda de reconocimiento, ésta no se pudo practicar puesto que no encontramos suficientes personas parecidas a mi cliente para que se realizara, por lo que, ante la falta de reconocimiento, mi representado resultó absuelto.

        Desde hace un tiempo he podido ver en los periódicos y en la televisión imágenes del supuesto pederasta de Ciudad Lineal que acompañan a la información que los reporteros de pie de calle ofrecen como última hora, y me pregunto si realmente somos conscientes de que estamos destruyendo una de las pruebas con las que cuentan las víctimas.

        Entiendo que actualmente existe una velocidad vertiginosa para que las noticias lleguen al público, incluso entiendo que la competencia entre los medios de comunicación ha crecido, todos quieren añadir algo nuevo, todos quieren ser los primeros. Las nuevas tecnologías hacen que se tenga que ser mejor que los demás en un tiempo record y con un contenido impactante. Incluso en ocasiones creo que nos encontramos en un momento en el que estamos tan acostumbrados a ver imágenes violentas, muertes, y otra atrocidades que en general el ser humano no se contenta con escuchar la noticia, por tremenda que sea, sino que necesita más, necesita verlo.

        Cuando se produce un asesinato, en los programas de televisión que tratan el asunto, junto con la voz en off que nos narra la noticia, aparecen las imágenes de los sanitarios, de las luces de los coches de policía y del cuerpo inerte de la víctima cubierta con una manta. Y si todos los telediarios abren con esta imagen entiendo que es lo que demandamos. Tristemente.

       En el caso del pederasta, además, existe un problema. Quienes han tenido oportunidad de verle, quienes le pueden reconocer, son menores, y creo que este reconocimiento podría ser una sólida prueba en el procedimiento. No aseguro que fuera la única, desconozco el contenido de los autos y por tanto sería una temeridad asegurarlo, pero sí creo que es un problema que esa prueba no pueda practicarse ya, o al menos, si yo fuera el abogado del pederasta, de practicarse, la impugnaría por existir injerencias. 

        Por ello creo que la prensa debería tener cuidado con lo que se publica, y los consumidores deberíamos demandar menos morbo.

viernes, 17 de abril de 2015

Decálogo del buen divorcio

        Divorciarse nunca es fácil,  romper una pareja siempre conlleva un dolor, una carga emocional demasiado fuerte. Se separa una pareja, pero también una familia, los hijos, hermanos, cuñados, suegros, familia, todos se ven afectados por la nueva situación.

      Con la separación se produce un cambio económico que siempre afecta a ambas partes, que tambalea la situación que hasta el momento se tiene, que crea incertidumbre frente al futuro, miedo e incluso ansiedad.

        Una de las partes que más afectadas se encuentran con este cambio de situación son los hijos. Independientemente de la edad, todas las parejas que han pasado por mi despacho con descendencia me han comentado los cambios que se han producido en sus hijos, con mayor o menor incidencia.

        Nunca es bueno generalizar, cada persona es un mundo distinto y así, cada menor afronta la nueva situación de una manera distinta. Depende de la actitud de cada menor, pero también depende de la actitud de quienes se encuentran a su alrededor.

          Todo el que tenga o haya tenido niños alrededor me dará la razón, que los niños tienen oídos en todas partes, escuchan e interiorizan el comentario que más bajito se haya hecho, e interpretan todo el mundo de los adultos conforme a la información que poseen, su tierno e infantil conocimiento del mundo.

          He podido comprobar que los menores cuyos padres asumen de una manera más tranquila y más racional su ruptura, pasan por el mismo de una forma más "cómoda", (no puedo decir más fácil porque fácil no hay nada), que aquellos que deben sufrir la ira que una parte procesa a la otra.

        Es verdad que en las situaciones de divorcio, y hablo de situaciones normales de divorcio, sin injerencias externas como pueden ser los malos tratos, se producen muchos sentimientos encontrados que hacen difícil la relación entre las partes, que hacen que sentarse a razonar sea complicado, pero creo, por mi experiencia y por los esfuerzos que he visto en parejas que acudían a mi despacho, que todos esos obstáculos son salvables.

             A veces el odio, el rencor, o el resquemor que entre las parejas existe es inmenso o ciega a las partes (o a una de ellas), poniendo en peligro el futuro de la familia, porque lo que se deben dar cuenta las parejas que rompen su relación y que tienen hijos es que familia seguirán siendo, una familia distinta a las que de forma tradicional se veían en nuestra sociedad, pero familia. Porque debemos sumir y aceptar de forma normalizada que actualmente las familias son de muchas clases, de muchas maneras e integradas de distintas formas, pero todas son familias.


             Es habitual encontrarme con uno de los progenitores que desde el primer momento ejerce de "dueño" o "titular" de los hijos, lo que hace tender a querer estar con los menores a todas horas; otros simplemente utilizan a los hijos sabiendo que es el punto en donde conseguir sus pretensiones; otros están tan aterrados que se aferran a los hijos como tablas de salvación, o por un instinto excesivo de protección.


       Encontrar el equilibrio en estas situaciones es difícil, pero no imposible. Tengo muchísimos ejemplos de parejas que han roto su relación y han hecho ambos un esfuerzo, quizá muy doloroso, con miras a que el futuro fuese mejor. Han capitulado, han dado su brazo a torcer, han llorado o rabiado, han tenido momentos mejores o peores, pero nunca ante los menores, ni han dejado que eso influyera en sus acuerdos, y eso les ha hecho sembrar un futuro mejor para sus hijos y para ellos, porque todo este esfuerzo se traduce en salud mental y se nota. No ha sido fácil, pero lo han conseguido.


     Hay Juzgados muy comprometidos en este aspecto, (al igual que despachos de abogados), antes incluso de que existieran la mediación, y cuando las terapias de familia no eran muy frecuentadas.


          En este sentido quiero nombrar a los Juzgados de Familia de Málaga, que han tenido una trayectoria espectacular en este sentido. Así dictaron el "Decálogo del buen divorcio" que dejo a continuación para que cada uno saque sus propias conclusiones.


*NOTA: Este documento es del año 2006 y por ello no contempla la guarda y custodia compartida.



DECÁLOGO DEL BUEN DIVORCIO (Distribuido por los Juzgados de Familia de Málaga) 


PERSPECTIVAS NO JURÍDICAS DE LOS PROCESOS DE SEPARACIÓN, DIVORCIO O RUPTURA DE PAREJAS DE HECHO CON HIJOS/AS MENORES. 



La separación, el divorcio o la ruptura de una pareja de hecho conlleva además de un proceso jurídico, un proceso de transformación personal, familiar y social que afecta no solo a los progenitores sino sobre todo a los hijos/as menores. Desde la óptica de los menores este documento trata de aportar a los adultos reflexiones que sirvan para que su ruptura matrimonial o de pareja de hecho sea lo menos perjudicial para sus hijos/as. 

Por ello, los profesionales que trabajamos en el ámbito de los Juzgados de Familia, sensibilizados por las situaciones familiares que a diario conocemos, hemos considerado de interés elaborar unas recomendaciones que le ayuden a usted a comprender y afrontar mejor su nueva etapa familiar. 

Léalo con atención, guárdelo reléalo nuevamente de vez en cuando. Le será de gran utilidad. 


1ª. El divorcio es algo más que un proceso legal. 

Toda ruptura familiar conlleva además de un proceso legal, un proceso emocional, personal y psicológico que viven tanto los adultos como los hijos/as de la pareja. El Juez y los abogados solo le resolverán las cuestiones legales pero no las emocionales y afectivas. Ese proceso emocional no acaba con el dictado de la sentencia pues necesita un tiempo para ser superado, siendo frecuente que tras el proceso judicial surjan episodios de tensión entre los adultos y de estos con los hijos/as. 


2ª. El problema no es el divorcio sino el “mal divorcio”. 

La ruptura de la relación entre la pareja no debería ser perjudicial para los hijos/as. Es la mala manera de desarrollar esa ruptura de pareja lo que acarrea consecuencias negativas para los niños/as. Los hijos/as pueden superar la situación si sus progenitores cooperan entre sí para llevarla a cabo de forma no traumática. 



3ª. De común acuerdo todos ganan. 

Las rupturas familiares en las que no existe acuerdo se centran en las críticas mutuas y aumentan las tensiones entre los progenitores y demás miembros del núcleo familiar pues se basan en la búsqueda de un culpable. En cambio las rupturas de mutuo acuerdo favorecen el clima de diálogo entre los progenitores y generan un ambiente más favorable a las relaciones de los hijos/as con estos, pues miran al futuro, facilitando que cada uno asuma mejor su nueva situación. 



4ª.- Se separan los padres, no los hijos/as 

La separación, el divorcio o la ruptura de una pareja de hecho supone la desaparición de un vínculo entre los adultos, iniciándose otro tipo de relación familiar entre los padresmadres e hijos/as. Procure que sus hijos/as mantengan una buena relación con el otro progenitor. 


5ª. La separación no supone la pérdida de ninguno de los progenitores 

Ambos progenitores, a ser posible conjuntamente, deben explicar a sus hijos/as, de manera que puedan entenderlo, que se van a separar o divorciar. Esta información debe transmitirse en un clima de coherencia, confianza y cariño, pero sin alentar falsas expectativas de reconciliación. Deben asegurar a sus hijos/as que seguirán siendo queridos (evitar sentimiento de abandono), que no son culpables de nada (evitar sentimiento de culpa) y que ambos progenitores van a seguir ocupándose de sus vidas. 


6ª. Los hijos no son propiedad exclusiva del padre o de la madre 

Aunque se haya conferido la guarda y custodia de los menores a uno solo de los progenitores, ambos continúan siendo imprescindibles para el crecimiento y maduración de los hijos/as y la ausencia de cualquiera de ellos supone la falta de un soporte afectivo fundamental para su desarrollo. Las actitudes de “posesión” sobre los hijos/as que excluyen al otro progenitor perjudican gravemente a los menores. Han de evitarse también actitudes que impliquen despreciar, minusvalorar o desautorizar al otro progenitor. 


7ª. El divorcio no pone fin a las obligaciones compartidas con respecto a los hijos/as 

Tras el divorcio el padre y la madre deben seguir manteniendo un diálogo lo más fluido posible sobre todas las cuestiones que afecten a los hijos/as. El cuidado diario de los menores requiere una organización y distribución de tiempo y aunque el ejercicio de la guarda y custodia lo lleve a cabo principalmente uno de los progenitores, ambos continuan siendo responsables al compartir la patria potestad. Ello significa que como progenitores tienen la obligación de consultarse y comunicarse de manera honesta, fluida, abierta y regular las decisiones importantes en relación a la educación, desarrollo físico, intelectual, afectivo-emocional de sus hijos/as. Deben evitarse las discrepancias y contradicciones educativas para evitar chantajes emocionales, alianzas y manipulaciones de los hijos/as. 


8ª. Lo importante es la calidad de la relación con los hijos/as. 

La relación de los hijos/as con el progenitor con el que no conviven habitualmente ha de ser periódica, constante y gratificante. Es un derecho de su hijo/a. La obstaculización, interrupción e inconstancia en el régimen de relaciones repercute negativamente en la estabilidad emocional de los hijos/as y les genera graves perjuicios psicológicos. 


9ª. No utilizar a los hijos/as 

Aunque la relación de los adultos o su ruptura haya sido extremadamente dificultosa a nivel emocional se debe dar prioridad a las necesidades de los hijos/as. No utilice a sus hijos/as en el conflicto que le pueda enfrentar con su cónyuge o conviviente, ni canalice a través de los menores las tensiones que la ruptura le genere a usted. 

10ª. Facilitar la adaptación del menor a las nuevas parejas 

Es frecuente que tras la ruptura uno o ambos progenitores rehagan su vida sentimental con otra persona. La introducción de esa tercera persona en la vida de los hijos/as ha de hacerse con tacto, y progresivamente, a ser posible cuando la relación esté suficientemente consolidada. Debe dejarse bien claro al niño/a que ello no supone renunciar a su padre y/o madre. 


CONCLUIMOS: Toda ruptura con enfrentamientos graves entre los progenitores es vivida por los hijos/as de forma traumática y como una pérdida, dejando huella en su desarrollo. Por ello es muy conveniente que en todas las rupturas de pareja antes de iniciar un proceso judicial contencioso se agoten siempre las posibilidades de acuerdo entre las partes, intentándolo bien por sí mismas, bien por mediación de sus letrados, o de otros profesionales (mediadores familiares). A través de la Mediación Familiar ustedes y sus hijos/as pueden obtener una respuesta mas satisfactoria a su nueva situación familiar. 


RECOMENDACIONES: LO QUE MÁS LE BENEFICIA A SUS HIJOS/AS (y que usted debe fomentar). 
- Su comportamiento, actitud y valores como progenitores son un modelo de aprendizaje para sus hijos/as que tratarán de imitar. 
- Si ustedes dialogan sus hijos/as serán dialogantes. Si fomentan el conflicto sus hijos/as probablemente serán conflictivos.
- Favorecer la relación de su hijo/a con cada uno de ustedes. 
- Utilizar el diálogo y la comunicación entre los progenitores es fundamental. 
- Mantener una coherencia y complicidad en los criterios educativos a seguir, independientemente de con quien se encuentre el/la menor. 
- Transmitir a sus hijos/as cualidades positivas del otro progenitor. 
- Tomar siempre las decisiones los adultos y no delegar en los hijos/as. 
- Escuchar y comprender protestas y sentimientos de sus hijos/as. 
- Fomentar las relaciones del menor con los demás miembros del grupo familiar: abuelos, tíos, primos, ... 

LO QUE MÁS PERJUDICA A SUS HIJOS/AS (y que usted debe evitar) 
- Creer que la sentencia judicial pone fin al conflicto familiar. 
- Implicar a los/las menores en el proceso judicial. 
- Delegar en ellos la toma de decisiones. 
- Pelear, discutir y organizar escenas emocionales (llantos) o violentas (gritos) delante de ellos. 
- Criticar al otro, padre o madre, o alejarlos de él/ella o dificultar su relación. 
- Presionar a los niños/as en busca de información. 
- Mandar mensajes a través de ellos.
- Situarlos en medio del conflicto: utilizarlos como pretexto, como arma arrojadiza, obligarles a tomar partido (aunque sea indirectamente).



viernes, 10 de abril de 2015

Y es que los jueces también tienen corazón...

Por último hoy quiero compartir con vosotros una de las situaciones más tiernas que he vivido en el ejercicio del Derecho.
Teníamos una cliente en el despacho que con sus 86 años se encontraba en perfectas condiciones físicas y psíquicas, y que contaba con un estupendo sentido del humor, además de ser una de las personas más coquetas y elegantes que he conocido.
A consecuencia de un hurto, la señora nos pidió que interpusiéramos una denuncia en el Juzgado y tras los trámites necesarios, el Juez la citó para comparecer en el Juzgado un miércoles. Cuando le comuniqué a la cliente la fecha de comparecencia, me dijo que iría inmediatamente a hablar con el Juez para aclarar un asunto, pero no me quiso decir cual era la cuestión.
Intrigadísima por lo que la señora le tuviera que contar al juez, la acompañé. Cuando entramos al Juzgado, y a pesar de no tener cita con Su Señoría, la edad, educación y sonrisa de mi cliente nos abrió la puerta de su despacho.
Una vez sentadas ante el Juez, éste le preguntó a mi cliente qué era lo que le llevaba allí, a lo que la señora, dulcemente le dijo: "verá usted, me ha citado un miércoles para venir al Juzgado. Yo tengo 86 años y desde que tengo 40 quedo los miércoles con un grupo de amigas de mi misma edad a pasar el día. A usted le puede parecer una tontería, pero con nuestra edad no sé en qué momento me faltará alguna de mis amigas y quiero disfrutar de todas ellas tantos miércoles como pueda. No quiero perder un miércoles por venir al juzgado, ¿lo entiende verdad?"
Y el juez, se levantó de su silla, bordeó la mesa y suavemente tomó la mano de mi cliente diciéndo, "no se preocupe, que ahora mismo cambio la cita". En su resolución estableció que por causas de fuerza mayor, era necesario cambiar el día de la comparecencia.
Para que luego digan que los jueces no tienen corazón.

Los nervios ante el Juzgado son normales

Todo el mundo se pone nervioso cuando tiene que acudir al Juzgado.
Un conocido mío, que ejercía la abogacía al menos desde hacía quince años, acudió como testigo a uno de los juicios que yo dirigía. Puedo asegurar que jamás vi una pierna moverse más aprisa que la movía él mientras declaraba; ni la Juez, ni el abogado contrario ni yo podíamos dejar de mirar la pierna; cuando salimos del juicio me propuso ir a tomar algo, y para vuestra información os contaré que pidió una tila.
Pero aún más llamativo es el caso que me relataba mi padre. En los Juzgados de Quintanar de la Orden se produjo un altercado y un ciudadano acabó agrediendo a uno de los funcionarios que trabajaban allí, lo que fue denunciado y acarreó su correspondiente expediente judicial.
En el acto del juicio se llamó a declarar a una funcionaria que había sido testigo de los hechos. La mujer entró en la sala temblando como una hoja. Cuando el Juez, conocido de la testigo por trabajar en el mismo edificio todos los días, le preguntó su nombre, ella respondió llorosa "si ya lo sabe Señoría", a lo que el Juez le contestó que debía identificarse como todo el mundo hacía y que debía decir en voz alta su filiación (nombre y apellidos). Entonces los nervios pudieron con ella, y comenzó a llorar amargamente mientras decía "¡Es que no me sale!".
El juicio tuvo que suspenderse durante unos minutos para que la testigo, que diariamente trabajaba en un juzgado, pudiera calmarse.
Y es que ir al Juzgado pone nervioso hasta a los propios jueces.

LA DIFICULTAD DE LA PRUEBA

Cuando se acude a un juicio una de las cuestiones claves, aunque no la única, es la prueba.
A los abogados nos suele traer de cabeza la manera de acreditar los hechos, ya que en el Juzgado hay que mostrar todo de manera clara para que al Juzgador no le quepa la menor duda de que los hechos se han producido y cómo se han producido.
Por ello es importante, en caso de amenazas e insultos contar con algún testigo, que por desgracia no siempre existe o quiere acudir al juzgado.
Existe la posibilidad, por tenerlo así declarado la Jurisprudencia, de que la declaración coherente, clara y mantenida en el tiempo de la víctima pueda tener valor probatorio, si bien nunca hemos de olvidar que es el Juez quien debe valorar la prueba y decidir si hay indicios que prueben lo sucedido, o si están suficientemente acreditados los hechos. La valoración de la prueba corresponde exclusivamente al Juzgador que está presente en el acto el juicio.
Siguiendo con las anécdotas os contaré el pleito en el que entramos mi cliente y yo pensando que sería difícil probar los hechos y lo que ocurrió a continuación.
Se trataba de una denuncia interpuesta por un joven de unos 30 años que cuando entraba en el ascensor de su casa y se encontraba con su vecino de setenta y muchos años, tenía que soportar que le dijera "¡maricón!". Le decía eso y se callaba.
Al principio mi cliente pensó que era una persona mayor y no le dio más importancia, pero con el paso del tiempo se hizo insoportable, máxime cuando le empezó a seguir por el pasillo y las escaleras del portal diciéndoselo.
Interpuesta la denuncia nos señalaron el juicio y, como decía antes, llegamos preocupados puesto que no teníamos testigos de los hechos, cuando había gente delante, no se lo decía.
Dada la palabra a mi cliente, explicó lo que ocurría, mientras el denunciado permanecía muy serio. El Juez dio la palabra al denunciado y le preguntó "¿usted ha llamado a su vecino "maricón"? y el denunciado contestó: "Sí Señor", el Juez perplejo le preguntó: "¿Y por qué hace usted eso hombre?" preguntó el Juez a lo que el señor contestó con gran aplomo "Porque es un maricón", el Juez insistió: "¿tenía usted intención de insultar a su vecino?" y el denunciado ya un poco más alto dijo: "que sí hombre, por maricón."
Y ante el asombro de todos los presentes el hombre se sentó tan tranquilo, como si fuera todo muy normal. Por supuesto el Juez condenó al denunciado, que pagó la multa y puedo intuir que al hombre le dolió el bolsillo porque nunca lo volvió a hacer.
Ahora bien, yo no tengo la sensación de haber trabajado en ese juicio, porque casi ni llegué a hablar....

miércoles, 8 de abril de 2015

ACTUACIONES DE LOS AYUNTAMIENTOS EN LOS PROCESOS ELECTORALES. POR MARIA ISABEL BROX HUGUET

Actuaciones que llevan a cabo los Ayuntamientos en cada proceso electoral, tras la Convocatoria de Elecciones (ya sean europeas, generales, autonómicas o locales): 

            La organización de un proceso electoral exige el trabajo coordinado de muchos organismos y personas en un periodo muy breve de tiempo: el Ministerio del Interior, el Ministerio de Asuntos Exteriores, las Delegaciones y Subdelegaciones de Gobierno, la Oficina del Censo Electoral, el Servicio de Correos y Telégrafos, y los Ayuntamientos.

            Los Ayuntamientos son los encargados del proceso electoral a nivel local y son diversas las actuaciones que deben llevar a cabo con ocasión de cada proceso electoral.

            Así, por un lado, deben los Ayuntamientos proponer a las Direcciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral los locales donde se habrán de ubicar las distintas Secciones y Mesas electorales el día de la votación. Dichos locales han de ser preferentemente de titularidad pública, y de entre ellos, de carácter docente, cultural o recreativo. Han de ser accesibles a las personas de limitación de movilidad y reunir las condiciones adecuadas para celebrar la votación.

            Corresponde a los Ayuntamiento almacenar y custodiar todo el material electoral que proporciona al efecto la Administración estatal, así, las cabinas, las urnas, y los elementos de señalización. También es de su competencia el montaje de los Locales y Mesas Electorales el día o días previos a la votación y su posterior desmontaje.

            Los Ayuntamientos tienen obligaciones respecto del Censo electoral. Si bien el Censo es formado y actualizado por la Oficina del Censo Electoral, corresponde a los Ayuntamientos la remisión mensual de todas las modificaciones que se producen como consecuencia de las alteraciones de la población vecinal. Para cada proceso electoral el Censo vigente es el cerrado el primer día del segundo mes anterior al de la convocatoria. El Censo puede ser consultado por los electores de forma permanente, aunque los hechos demuestran que los ciudadanos acostumbramos a hacerlo únicamente con ocasión de cada proceso electoral, cuando los Ayuntamiento ponen en marcha el servicio de consulta  durante el plazo de 8 días a partir del sexto de la convocatoria de elecciones (próxima la celebración de las elecciones locales y autonómicas, el plazo para consultar el Censo y formular reclamaciones en su caso comenzó el pasado día 6 de abril y finaliza el próximo día 13).

            También los Ayuntamientos llevan a cabo actuaciones preparatorias de la campaña electoral, entendiendo por tal el conjunto de actividades lícitas de los candidatos, partidos políticos, federaciones y coaliciones de partidos o agrupaciones de electores en orden a la captación de sufragios. Así, los Ayuntamientos tienen la obligación de poner a disposición de aquellos los locales oficiales y los lugares públicos de uso gratuito en los que realizar sus actos de campaña, así como reservar lugares especiales también de uso gratuito para la colocación de carteles, pancartas y banderolas.  Sin embargo no corresponde a los Ayuntamientos el reparto de tales locales y lugares, sino que los ponen en conocimiento de las respectivas Juntas Electorales de Zona y son éstas quienes proceden al reparto de los locales previa solicitud de uso por parte de los representantes de los partidos políticos, coaliciones, federaciones o agrupaciones, atendiendo a las preferencias manifestadas y en caso de coincidencia atendiendo al número total de votos que cada uno obtuvo en las anteriores elecciones equivalentes en la misma circunscripción, y al reparto de los lugares de colocación de carteles atendiendo al número total de votos que cada uno obtuvo en las anteriores elecciones equivalentes en la misma circunscripción y al criterio de igualdad de oportunidades.

            Los Ayuntamientos participan también en el proceso electoral con la designación del Personal Colaborador y de los Representantes de la Administración, atendiendo los primeros,  durante todo el día de la votación, las necesidades del Colegio electoral y de las Mesas, y correspondiendo a los segundos recoger la información relativa a la apertura del Colegio y constitución de las Mesas e inicio de la votación, los datos de participación y los resultados de la votación, información que es transmitida a lo largo de la jornada de forma inmediata al organismo encargado de realizar el escrutinio provisional y que da la da a conocer al público en general.

                    Artículo escrito por María Isabel Brox Huguet, Secretaria General del Ayuntamiento de Villanueva del Pardillo.