Marta Brox Huguet, Abogada.

CONTACTAR CONMIGO

ENVÍAME UN CORREO: martabroxhuguet@icam.es

LLÁMAME: 91 859 50 96

viernes, 1 de marzo de 2019

¿Por qué te envían propaganda electoral? ¿De dónde salen tus datos?


Nos encontramos a las puertas de unos meses de mucho trajín electoral: que si mira lo que dice este, que si anda lo que propone aquel, discursos políticos de todos los colores, pensamientos, creencias y gustos colándose por nuestras televisiones, periódicos, radios y  nuestras redes sociales, y es entonces cuando me sorprendo al leer en varias de las personas que sigo en Facebook:


"¡No quiero ni un solo sobre con publicidad y papeletas electorales en mi buzón!
Ya las cogeré en el colegio electoral.
Sabiendo que las elecciones costarán como mínimo 140 millones de euros, dos convocatorias seguidas serán, al menos, 280 millones de euros.
Propongo que todo aquel que esté de acuerdo lo difunda en sus redes sociales, a través del correo electrónico, etc. A ver si se hace viral y se enteran los partidos.
Mejor invertirlo en ayudar a familias; en sanidad abriendo quirófanos y plantas cerradas de hospitales; en investigación...
Invertirlo en algo que SÍ merezca la pena y no en llenar nuestros buzones de papeletas que acabarán en la basura."


Dejando a un lado el indudable beneficio económico y ecológico que supondría que, efectivamente, dejaran de enviar publicidad en papel a las viviendas como si se tratase de un catálogo de una tienda de moda, poco o nulo efecto puede tener esta publicación en la situación real del sistema, que funciona como un burro con orejeras: “esto se ha hecho así siempre, pues lo seguimos haciendo así”, y ¡ENGA PAPEL en la era digital!

Lo que me llama la atención de este mensaje es que estemos usando una red social y poco o nada se habla de lo que puede sucederte si, mediante internet entras en las páginas web de los distintos partidos políticos.

Pongamos un ejemplo, estoy en casa y me entra una duda, (o una enajenación mental transitoria, llámalo cómo quieras), y decido que quiero leer todos los programas políticos de todos los partidos políticos, o de alguno, o uno, o…., ¡perdón! Continúo con el hilo de la argumentación, decido acceder a alguna página de algún partido político, para estudiarme su programa, hacer comparaciones, y poder acceder a votar con algún criterio que no haya salido de un programa de discusiones nocturnas o un hilo de Twitter.
Pues bien, con la modificación de la Ley de Orgánica de Protección de datos, se produjo una modificación en la Ley Electoral de forma que se introducía un nuevo artículo, el 58. Bis que nos dice:

Artículo cincuenta y ocho bis.  Utilización de medios tecnológicos y datos personales en las actividades electorales.
1. La recopilación de datos personales relativos a las opiniones políticas de las personas que lleven a cabo los partidos políticos en el marco de sus actividades electorales se encontrará amparada en el interés público únicamente cuando se ofrezcan garantías adecuadas.
2. Los partidos políticos, coaliciones y agrupaciones electorales podrán utilizar datos personales obtenidos en páginas web y otras fuentes de acceso público para la realización de actividades políticas durante el periodo electoral.
3. El envío de propaganda electoral por medios electrónicos o sistemas de mensajería y la contratación de propaganda electoral en redes sociales o medios equivalentes no tendrán la consideración de actividad o comunicación comercial.
4. Las actividades divulgativas anteriormente referidas identificarán de modo destacado su naturaleza electoral.
5. Se facilitará al destinatario un modo sencillo y gratuito de ejercicio del derecho de oposición.

¡Toma susto! ¿Qué quiere decir esto? Que no necesitan mi permiso para recoger mis datos. Y puede que ahora mismo estés pensando que sería boba si facilitara mis datos, pero lo malo es que esto no funciona así. Lo explico:

¿Os habéis dado cuenta de que si buscáis un producto en internet a través del móvil, al poco tiempo en las redes sociales todos los anuncios que te aparecen están relacionados con ese producto? No es magia, es que les hemos facilitado nuestra autorización para tratar nuestros datos, y a través del móvil, sin fijarnos, facilitamos muchos datos.

Pensad, cuando instalamos una App porque nos encanta hablar, (más bien escribir), con la gente, enseñar fotos, o hacer vídeos graciosos, etc..nos piden permisos de lo más variopinto: acceder a nuestros contactos, a las fotos, archivos…. Y si no facilitamos estos contactos, no podemos usar la aplicación, y entonces ¿qué hacemos? Permitir, permitir y permitir, y venga cookies y venga información volando de un lado a otro, y venga intimidad a la porra, pero eso sí, estoy en el mundo y puedo relacionarme con mi grupo de amigos. Es decir, es como los cotillas de toda la vida que ponen la oreja en el bar para enterarse lo que le dices a tu amigo, pero triplicado y escapando de nuestro control. En serio, no nos informamos correctamente de lo que significa entrar en una página web, y aceptamos sin más, damos permisos, pero no sabemos a qué, cosa que será objeto de otro artículo, que si no, me lío, me lío.

Bien, la normativa sobre protección de datos, establece que para tratar de los datos personales de cualquier persona debe retomarse su autorización salvo en determinados casos.

Así, por ejemplo, en caso de que se haga una carrera popular a favor de cualquier causa sin ánimo de lucro, a un corredor que se inscribe se le debe informar de qué datos personales se están recabando, la finalidad del tratamiento de los datos y cómo modificarlos o suspenderlos y contar con su autorización para recopilar tales datos. (Igual esto está contado un poco por encima, por no aburrir). Igualmente, si tienes un negocio, con tu página web y puedes interactuar con los clientes, o decides recopilar los datos de clientes porque vas a enviar unas felicitaciones navideñas…. Debes contar con la autorización de los clientes para reunir y archivar estos datos e informar como anteriormente decía.

Sin embargo existe alguna que otra excepción a esta obligación, entre ellas que sea de interés público. Es decir, un padrón es interés público y por tanto no tiene que recabar esta autorización, puede manejar tus datos, sin más.

Con la reforma de la Ley Electoral, se ha investido de un interés público a la recopilación de datos personales relativos a las opiniones políticas de las personas que lleven a cabo los partidos políticos en el marco de sus actividades electorales.

Pero retrocedamos unos años, cuándo no había internet, o al menos no se usaba tan asiduamente como ahora ¿De dónde sacaban los datos para hacer llegar la publicidad y las dichosas papeletas a nuestros domicilios? Muy fácil, del Censo Electoral.

El Censo Electoral, ese lugar en el que aparecemos todos, y si no apareces o tus datos no son exactos, debes subsanar… o no votas. Todos los partidos políticos tienen un acceso a este Censo Electoral, es más, la Oficina del Censo Electoral entrega una copia de este censo a cada partido. Y desde ese momento comienza la cadena de lo que ahora se llama mailing, y toda la vida se ha llamado, “¿Y para qué mandan esto?”.

¿Podemos hacer algo al respecto?

En relación con internet, podemos dirigirnos directamente a la pestaña de “Aviso legal”, o “más información”, y buscar la dirección que el propio partido facilita para el tratamiento de los datos personales y solicitar la limitación o supresión de los datos personales que nos atañen y puedan estar tratando. (Esto es extensible a todos los lugares web o todas las entidades a las que hayamos facilitado nuestros datos, que si no, luego te llaman las compañías telefónicas a las horas de la siesta para ofrecer sus servicios y no sabemos de dónde han sacado nuestros datos).

El segundo supuesto, el Censo Electoral a priori podría parecer que es algo que se escapa de nuestras manos. Pues bien, esto no es así, la Junta Electoral Central ha tomado un Acuerdo (2/2019) al respecto y faculta a los ciudadanos para que soliciten que sus datos no se incluyan en las copias del censo que se entregue a estos partidos políticos. De esta forma estaremos oponiéndonos al envío de esta propaganda electoral.

¿Qué hay que hacer para oponerse al envío de esta propaganda? Sencillamente dirigirse a los Ayuntamientos, Consulados o Delegaciones Provinciales del Censo Electoral antes de la convocatoria de elecciones solicitando que sus datos no sean facilitados. Está previsto que el Instituto Nacional de Estadística se encargue de la gestión on line de estas solicitudes cuando se encuentre habilitado el trámite en su Sede Electrónica.

Una vez que se haya realizado esta solicitud, no se tendrá que renovar en cada convocatoria de elecciones; hasta que se revoque, seguirá vigente la exclusión.

Bien, utilicemos entonces las herramientas que tenemos a nuestro alcance, pero de verdad, no aquellos mensajes pegados en nuestros muros que difícilmente leerán nuestros políticos.

No hay comentarios:

Publicar un comentario