Marta Brox Huguet, Abogada.

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miércoles, 3 de junio de 2015

El novio que le contó su segunda boda a su primera mujer.

        En estas casi veraniegas vísperas de festivo os voy a contar otra de las anécdotas que me han ocurrido en estos dieciséis años de ejercicio de la abogacía.

       Tenía en el despacho una separación que siempre pongo como ejemplo de que las cosas pueden acabar bien o mal, pero el empeño de ambas partes puede hacer que sea, como mínimo, más fácil. Así fueron muy civilizados durante la negociación de las normas que regirían su futura vida como pareja separada con hijos comunes; no negaré que hubo momentos más agrios y que las partes discutieron, ciertamente, pero nada tan grave como para empañar su objetivo: tener una relación civilizada.

        Pues tanto se empeñaron en ello que pasaron de una relación civilizada a una cordial y llegaron a cierto grado de amistad, incluidas las parejas que respectivamente aparecieron en sus vidas a lo largo del tiempo. No es que se fueran a cenar juntos, pero tenían amistad y podían compartir celebraciones de los hijos, incluso organizarlas en conjunto. Es más, recuerdo que en una ocasión me contaban que el hijo de una de las parejas, (que no era hijo común de los separados), se había quedado a dormir en casa de la otra pareja, porque quería estar con sus hermanos (que sí eran comunes de los separados) y ninguno de los cuatro adultos encontró razones para negarle el deseo...

        Y en esta sana relación, el ex-marido y su nueva pareja decidieron casarse y tras la decisión, hicieron lo que normalmente todo el que se encuentra en tan agradable situación hace: reservar el restaurante; y felices ellos con su fecha de boda, se lanzaron a hacer las invitaciones, sin encomendarse a nada más. 

        Siempre recuerdo que el cliente me contaba que en el momento en que recogía las invitaciones sintió un palpito y le dijo a su novia: "¿Qué te parece si antes de repartir las invitaciones hablo con mi ex? No me gustaría que se enterara por ahí o por los niños", y ambos de acuerdo, se fueron a casa de la primera mujer ya que no tenían miedo alguno a que la reacción fuera mala por su parte.

        Cuando sentados en el salón le dieron la noticia y le dijeron que lo que llevaban bajo el brazo eran las invitaciones, en lugar de recibir una felicitación recibieron la siguiente respuesta: "¿Y cómo os vais a casar si no te has divorciado de mí?".

        ¡No os podéis imaginar las carreras que nos dimos para poder solucionar el divorcio en un tiempo record!, suplicando en el Juzgado, contándole la historia a todo el mundo para intentar ablandar corazones y que los trámites se agilizaran....

        Es común que las personas me pregunten sobre qué casilla deben marcar en los formularios cuando les preguntan por el estado civil, por lo que paso a explicar brevemente:

1.- Si la pareja se ha separado, pero no ha firmado ningún documento al respecto, el estado civil de las partes es CASADO.

2.- Si la pareja se ha separado y han firmado capitulaciones o un convenio, el estado civil de las partes es CASADO.

3.- Si la pareja ha acudido al Juzgado y en la sentencia que éste dicte aparece la declaración de la separación: el estado civil de las partes es de SEPARADO, es decir, se encuentran a medio camino entre el matrimonio y el divorcio, económicamente no están unidos, tampoco tienen obligación de vivir juntos, pero no pueden contraer matrimonio con otras personas porque el vínculo matrimonial está vigente. Es más, si quieren volver a unirse en matrimonio entre ellos, no es necesario que se casen de nuevo, tan sólo deben ejercitar una acción que se denomina "Reconciliación".

4.- Si la pareja ha acudido al Juzgado y en la sentencia que éste dicte aparece la declaración del divorcio, el estado civil es de DIVORCIADO, y pueden contraer matrimonio libremente con otras personas ya que se ha extinguido el vínculo matrimonial.


        
     

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